INICIO TIPOS DE SEGURO EN CASO DE SINIESTRO CONTACTO
PAGO DE AYUDA POR MATERNIDAD
PROCEDIMIENTO PARA PAGO DIRECTO O REEMBOLSO
¿Qué Debo Saber Antes?
Exclusiones o período de espera La ayuda por maternidad que incluye la póliza se paga cuando el bebé nace en territorio mexicano y siempre y cuando la madre tenga al menos 10 meses asegurada en esta aseguradora y en esta póliza. Si hubiera habido algún cambio en coberturas, aplicarán las condiciones que tengan al menos 10 meses vigentes. Si quiero que la aseguradora le pague directo al hospital el día del parto o cesárea Es necesario integrar previamente un expediente a la aseguradora para que nos entregue una carta autorización de pago directo (se recomienda al menos un mes antes del parto). Pero también se puede tramitar el pago directo al hospital en el módulo de la aseguradora el día del parto. Si quiero que la aseguradora me pague después del parto o cesárea Es necesario integrar el expediente de reembolso (según lo que se indica más adelante) y enviarlo a la aseguradora después del parto. Para ello, podemos presentar a reembolso la factura del hospital (en cuyo caso es imprescindible presentar el desglose de gastos que entrega el hospital) o el recibo de honorarios del médico.
Quiero que la Aseguradora Pague Directo al Hospital

Para solicitar la emisión de la carta autorización por parte de la aseguradora, es necesario presentar al menos la siguiente documentación:

 

Original de Informe Médico

Requisitado en su totalidad y firmado por el doctor y por el paciente en la hoja 3 (Obtén el PDF) .Debe ser uno por cada padecimiento (en caso de ser más de uno) y médico. Se debe actualizar cada 3 o 6 meses dependiendo del padecimiento de que se trate.

 

Solicitud de Pago Directo

Totalmente requisitada y firmada por el médico y el paciente (Obtén el PDF). El paciente debe firmar en los 4 espacios de la hoja 3 del documento.

Documentos de Identificación

Copia de identificación oficial válida y vigente de la persona que recibirá el pago, así como comprobante de domicilio no mayor a tres meses. (Obtén el PDF del Formato de identificación.)

Quiero Que la Aseguradora Me Pague Después del Parto o Cesárea

Para solicitar la emisión de la carta autorización por parte de la aseguradora, es necesario presentar al menos la siguiente documentación:

 

Original de Informe Médico

Requisitado en su totalidad y firmado por el doctor y por el paciente en la hoja 3 (Obtén el PDF) .Debe ser uno por cada padecimiento (en caso de ser más de uno) y médico. Se debe actualizar cada 3 o 6 meses dependiendo del padecimiento de que se trate.

 

Solicitud de Reembolso

Totalmente requisitada y firmada por el paciente (Obtén el PDF). MUY IMPORTANTE: El paciente debe firmar en los 3 espacios de la hoja 3 del documento y en los 3 espacios de la hoja 4.

Comprobantes de Gastos

Original de la FACTURA del hospital con requisitos fiscales vigentes, a nombre de AXA y SIEMPRE INCLUYENDO EL DESGLOSE DE GASTOS (NO NOS ACEPTARAN EL TRAMITE SIN ESTE DESGLOSE).Y/O en su caso, original del recibo de honorarios del ginecólogo a nombre del titular de la póliza o de la paciente y con sus requisitos fiscales correctos.

Desglose de Gastos Hospitalarios

Sólo en caso de que estemos solicitando el reembolso por gastos hospitalarios.

Documentos de Identificación

Copia de identificación oficial válida y vigente de la persona que recibirá el pago, así como comprobante de domicilio no mayor a tres meses. (Obtén el PDF del Formato de identificación.)

Cuenta CLABE para Transferencia

Copia del estado de cuenta en donde aparece la CLABE bancaria, para transferencia (o en su defecto, nos pagarán con una orden de pago bancaria). El cuentahabiente puede ser sólo el contratante, el titular de la póliza o el paciente mayor de edad.

Procedimiento y Carta Autorización ¿Cuáles son los Pasos a Seguir?
¿Dónde Entrego los Documento?

Estos documentos se deberán entregar después de la cirugía en el módulo de la aseguradora o al hospital para que éste se los haga llegar a la misma. La aseguradora enviará al hospital o al módulo una carta autorización con las condiciones bajo las cuales pagará el evento en caso de ser procedente. En caso de alguna duda por parte de la aseguradora, se deberá tramitar mediante reembolso el pago de los gastos.

¿Cuánto Tiempo Tarda el Trámite?

La aseguradora emite la carta autorización en un plazo de algunas horas a partir de que ingresamos la información completa y cuente con todos los elementos para determinar la procedencia. Se sugiere asegurarse de que la aseguradora cuente con estos documentos lo antes posible, a fin de que la salida del hospital sea lo más ágil posible.

¿Qué Hacer Después del Parto?

El bebé nace asegurado si su mamá tiene más de diez meses en la poliza. Pero si no damos de alta al bebé en la póliza antes de los 30 días de nacido, necesitará comprobar un buen estado de salud y quedará sin protección por padecimientos congénitos.

Será necesario que el titular de la póliza firme este formato.

 

MUY IMPORTANTE:

 

Envíanos el Acta de Alumbramiento antes de 30 días del bebé para poder darlo de alta en la póliza sin requisito médico alguno.

Participación del Asegurado en los Gastos ¿Qué voy a pagar yo?
Deducible

Para el pago de la ayuda por maternidad NO APLICA deducible.

Sin embargo, si existiera una complicación durante el parto o en la salud del bebé, aplicará el DEDUCIBLE contratado en la póliza una sola vez por padecimiento secuela, complicación o gastos continuos derivados del mismo caso.

Coaseguro

Para el pago de la ayuda por maternidad no aplica COASEGURO.

Sin embargo, si hubiera alguna complicación durante el parto o en la salud del bebé, aplicaría un % de COASEGURO sobre los gastos procedentes después de aplicar el deducible, y hasta el tope para este concepto.

Gastos que No Serán Contemplados en el Pago de la AYUDA POR MATERNIDAD

Gastos personales, Tamiz metabólico, almacenamiento de células madre, cualquier monto que rebase la ayuda por maternidad cuando el bebé y la madre estén sano, etc.

Recibos Fiscales
​¿A Nombre de Quién Debo Pedir las Facturas de los Gastos?

​Cuando se efectúen pagos a personas físicas (consultas médicas, enfermeras, etc.) es muy importante que los recibos de honorarios (con sus requisitos fiscales) se pidan a nombre del paciente o contratante de la póliza. Los gastos pagados a personas morales (estudios, hospitalización, terapias, etc.) se deberán facturar a nombre de AXA Seguros, para que sean aceptados.

​¿Cuáles son los Datos Fiscales de AXA?​

​Los datos fiscales de AXA los tiene generalmente el proveedor médico y aparecen en tu tarjeta plástica, pero es importante verificar que estén correctos: Los datos fiscales de AXA son: RFC: ASE 931116 231 DOMICILIO: Félix Cuevas 366, Piso 6, colonia Tlacoquemécatl, Delegación Benito Juárez, C.P. 03200, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

DIRECTORIO DE MÓDULOS HOSPITALARIOS AXA

Mayorazgo No. 37, Col. Xoco, Benito Juárez, C.P. 03330, México, D.F.

Correo: lety@santillanv.mx, tdaaxachurubusco@gmail.com Tel: 5601-6434 / Cel: 55 5507-6986

 

AVISO DE CONFIDENCIALIDAD La Información contenida en esta página es restringida, confidencial y privilegiada de Leticia Santillán. El uso, difusión, distribución o copiado de este sitio o cualquier información adjunta está estrictamente prohibido y puede ser ilegal y ser considerado como un DELITO.