Para solicitar la emisión de la carta autorización por parte de la aseguradora, es necesario presentar al menos la siguiente documentación:
Requisitado en su totalidad y firmado por el doctor y por el paciente en la hoja 3 (Obtén el PDF) .Debe ser uno por cada padecimiento (en caso de ser más de uno) y médico. Se debe actualizar cada 3 o 6 meses dependiendo del padecimiento de que se trate.
Totalmente requisitada y firmada por el médico y el paciente (Obtén el PDF). El paciente debe firmar en los 4 espacios de la hoja 3 del documento.
Copia de identificación oficial válida y vigente de la persona que recibirá el pago, así como comprobante de domicilio no mayor a tres meses. (Obtén el PDF del Formato de identificación.)
Para solicitar la emisión de la carta autorización por parte de la aseguradora, es necesario presentar al menos la siguiente documentación:
Requisitado en su totalidad y firmado por el doctor y por el paciente en la hoja 3 (Obtén el PDF) .Debe ser uno por cada padecimiento (en caso de ser más de uno) y médico. Se debe actualizar cada 3 o 6 meses dependiendo del padecimiento de que se trate.
Totalmente requisitada y firmada por el paciente (Obtén el PDF). MUY IMPORTANTE: El paciente debe firmar en los 3 espacios de la hoja 3 del documento y en los 3 espacios de la hoja 4.
Original de la FACTURA del hospital con requisitos fiscales vigentes, a nombre de AXA y SIEMPRE INCLUYENDO EL DESGLOSE DE GASTOS (NO NOS ACEPTARAN EL TRAMITE SIN ESTE DESGLOSE).Y/O en su caso, original del recibo de honorarios del ginecólogo a nombre del titular de la póliza o de la paciente y con sus requisitos fiscales correctos.
Sólo en caso de que estemos solicitando el reembolso por gastos hospitalarios.
Copia de identificación oficial válida y vigente de la persona que recibirá el pago, así como comprobante de domicilio no mayor a tres meses. (Obtén el PDF del Formato de identificación.)
Copia del estado de cuenta en donde aparece la CLABE bancaria, para transferencia (o en su defecto, nos pagarán con una orden de pago bancaria). El cuentahabiente puede ser sólo el contratante, el titular de la póliza o el paciente mayor de edad.
Estos documentos se deberán entregar después de la cirugía en el módulo de la aseguradora o al hospital para que éste se los haga llegar a la misma. La aseguradora enviará al hospital o al módulo una carta autorización con las condiciones bajo las cuales pagará el evento en caso de ser procedente. En caso de alguna duda por parte de la aseguradora, se deberá tramitar mediante reembolso el pago de los gastos.
La aseguradora emite la carta autorización en un plazo de algunas horas a partir de que ingresamos la información completa y cuente con todos los elementos para determinar la procedencia. Se sugiere asegurarse de que la aseguradora cuente con estos documentos lo antes posible, a fin de que la salida del hospital sea lo más ágil posible.
El bebé nace asegurado si su mamá tiene más de diez meses en la poliza. Pero si no damos de alta al bebé en la póliza antes de los 30 días de nacido, necesitará comprobar un buen estado de salud y quedará sin protección por padecimientos congénitos.
Será necesario que el titular de la póliza firme este formato.
MUY IMPORTANTE:
Envíanos el Acta de Alumbramiento antes de 30 días del bebé para poder darlo de alta en la póliza sin requisito médico alguno.
Para el pago de la ayuda por maternidad NO APLICA deducible.
Sin embargo, si existiera una complicación durante el parto o en la salud del bebé, aplicará el DEDUCIBLE contratado en la póliza una sola vez por padecimiento secuela, complicación o gastos continuos derivados del mismo caso.
Para el pago de la ayuda por maternidad no aplica COASEGURO.
Sin embargo, si hubiera alguna complicación durante el parto o en la salud del bebé, aplicaría un % de COASEGURO sobre los gastos procedentes después de aplicar el deducible, y hasta el tope para este concepto.
Gastos personales, Tamiz metabólico, almacenamiento de células madre, cualquier monto que rebase la ayuda por maternidad cuando el bebé y la madre estén sano, etc.
Cuando se efectúen pagos a personas físicas (consultas médicas, enfermeras, etc.) es muy importante que los recibos de honorarios (con sus requisitos fiscales) se pidan a nombre del paciente o contratante de la póliza. Los gastos pagados a personas morales (estudios, hospitalización, terapias, etc.) se deberán facturar a nombre de AXA Seguros, para que sean aceptados.
Los datos fiscales de AXA los tiene generalmente el proveedor médico y aparecen en tu tarjeta plástica, pero es importante verificar que estén correctos: Los datos fiscales de AXA son: RFC: ASE 931116 231 DOMICILIO: Félix Cuevas 366, Piso 6, colonia Tlacoquemécatl, Delegación Benito Juárez, C.P. 03200, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
Mayorazgo No. 37, Col. Xoco, Benito Juárez, C.P. 03330, México, D.F.
Correo: lety@santillanv.mx, tdaaxachurubusco@gmail.com Tel: 5601-6434 / Cel: 55 5507-6986
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